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Forwarded from Cripto Economía Vzla
Monitor Petro hoy jueves, 07 de Enero del 2021

Mejor tasa del día
- Amberes Coin Bs 16.900.001,00

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#EnVivo 📹 | Continuamos en la Reunión con las Autoridades del Consejo de Defensa de la Nación y el Consejo de Estado.
https://t.co/Q0UL5Kzosj
#ANUNCIO | Jefe de Estado @NicolasMaduro firma decreto mediante el cual se establece un nuevo territorio marítimo de la República, denominado Territorio para el desarrollo de la Fachada Atlántica

"Por Venezuela, por el Esequibo, por la unión nacional ¡Cúmplase!", expresó https://t.co/yOjrMznepW
Aunque un ejército acampe contra mí, No temerá mi corazón; Aunque contra mí se levante guerra, Yo estaré confiado.
Salmos 27:3 RVR1960

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#8Ene| 🇻🇪✏️¡ETIQUETA DEL DÍA! ⏩ #ANDefensaYSoberanía

Venezuela cuenta con un Parlamento sólido que cumplirá su función legislativa para preservar la independencia y contribuir con el desarrollo nacional y garantizar el vivir bien de todas y todos. https://t.co/O8HmuFBOqz
Forwarded from @PetroClanUchiha_Bot
📈PETROMARKETPVO INFORMA📉

📊Cotizaciones del Petro

🗓 Viernes 08/01/2021 8:00 am

💵Tasa Referencial del Dólar BCV
- 1.317.521,07 Bs.

📑Para Trámites
- Sunacrip: 74.044.684,20 Bs (56.20$)

🌐Exchanges
- Criptolago:  16.247.924,25 Bs (12.33$)
- Amberescoin: 16.590.500,05 Bs (12.59$)

🤝 Promedio para la compra P2P:

🖥️PetroApp:  16.583.404,27  Bs (12.59$)

💻Tasa de Intercambio:

🇻🇪Patria: 28.085.387,20 Bs (21.32$)

🇻🇪Mercado: 25.084.306,00 Bs (19.04$)

⛽Valor de la Gasolina
- Subsidiada: 0.00006753 PTR (5.000 Bs)
- Internacional: 0.00888374 PTR (0.50$)

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🕐Horario de publicaciones:
8:00am - 2:30pm - 7:30pm

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Forwarded from Nicolás Maduro
Firmé el decreto mediante el cual se establece el Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica de la República Bolivariana de Venezuela, que viene a formar parte de las acciones legales, diplomáticas y políticas por la defensa de nuestros derechos de más de 200 años. https://t.co/yc7UK9USnW
(Vía Twitter)
Forwarded from Nicolás Maduro
Recordamos el día en que nuestro Comandante Chávez anunció la nacionalización de las empresas del sector eléctrico y CANTV. En nombre del pueblo venezolano, envío un reconocimiento a la clase obrera que trabaja con sacrificio, derrotando cada ataque y cada intento de sabotaje. https://t.co/2YAQQI86oy
(Vía Twitter)
Forwarded from Cripto Economía Vzla
Cotización del Petro hoy viernes, 08 de Enero del 2021

Sunacrip
- Bs 74.044.684,20 (+ 6,56%)

Plataforma Patria
- Bs 27.140.363,04 (+ 6,43%)

Criptomonedas
- 0,00135967 BTC
La ley contra los delitos informáticos vigente actualmente, contempla prisión para :

"RETIRO DE MONEDERO A MONEDERO SIN AUTORIZACIÓN"


"ASIGNACIÓN DE BONOS O BENEFICIOS"
( por vías fraudulenta o no lícitas)

" TRANSFERENCIAS DE PETROS O FONDOS NO AUTORIZADOS"

LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS.

30 de octubre de 2001 Gaceta Oficial Nº 37.313

Capítulo I
De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información.

Artículo 6. ACCESO INDEBIDO :Toda persona que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias.

Artículo 7. SABOTAJE O DAÑOS A SISTEMAS :Todo aquel que con intención destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o cualesquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de información o en cualesquiera de sus componentes.
La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a mil unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión intencional, por cualquier medio, de un virus o programa análogo con respecto a quien incurra de n los delitos en los grupos deben tener presente que el articulo 8 y 9 de la citada ley establece que:

Artículo 8. FAVORECIMIENTO CULPOSO DEL SABOTAJE O DAÑO : Si el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas establecidas, se aplicará la pena correspondiente según el caso, con una reducción entre la mitad y dos tercios.

Artículo 9. ACCESO INDEBIDO O SABOTAJE A SISTEMAS PROTEGIDOS : . Las penas previstas en los artículos anteriores se aumentarán entre una tercera parte y la mitad, cuando los hechos allí previstos o sus efectos recaigan sobre cualesquiera de los componentes de un sistema que utilice tecnologías de información protegido por medidas de seguridad, que esté destinado a funciones públicas o que contenga información personal o patrimonial de personas naturales o jurídicas.
Artículo 11. ESPIONAJE INFORMÁTIVO :
toda persona que indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en un sistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus componentes, será penada con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributaria. La pena se aumentará de un tercio a la mitad si el delito previsto en el presente artículo se cometiera con el fin de obtener algún tipo de beneficio para si o para otro.

Artículo 14.FRAUDE :
Todo aquel que a través del uso indebido de la tecnología de información, valiéndose de cualquier manipulación en sistema o cualquiera de sus componentes, o en la data o información en ellos contenida, consiga insertar instrucciones falsas o PatriaDigital que produzcan un resultado que permita obtener un provecho injusto en perjuicio ajeno, será penado con prisión de tres a siete años y multa de trescientas a setecientas unidades tributaria.


Artículo 20. VIOLACION DE LA PRIVACIDAD DE LA DATA O INFORMACIÓN DE CARÁCTER PERSONAL :
Toda persona que intencionalmente se apodere, utilize, modifique o elimine por cualquier medio, sin el consentimiento de su dueño, la data o información personales de otro o sobre las cuales tenga interés legítimo, que estén incorporadas en un computador o sistema que utilice tecnologías de información, será penada con prisión de dos a seis años y multa doscientas a seiscientas unidades tributaria.

https://t.me/PatriaDigital