Nuevo modelo en la web
REQUERIMIENTO FORMAL Y FEHACIENTE DE INFORMACIÓN PARA CONSENTIMIENTO INFORMADO SOBRE VACUNA DEL COVID19
Aquí tenéis una nueva herramienta para solicitar toda la información relativa a la vacuna y tomar la mejor decisión.
https://olexabogados.es/modelos
https://olexabogados.es/wp-content/uploads/2021/01/REQUERIMIENTOPARACONSENTIMIENTOINFORMADO.pdf
Si tienes dudas sobre su uso o cualquier otra pregunta ponte en contacto con nosotros en notificados@olexabogados.es
#olexabogados #Olex #VACUNACONTRACOVID19 #VacunaUniversalYGratuita #mascarillas #Multas #sergiocebolla #conbuenjuicio
REQUERIMIENTO FORMAL Y FEHACIENTE DE INFORMACIÓN PARA CONSENTIMIENTO INFORMADO SOBRE VACUNA DEL COVID19
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Forwarded from SergioCebolla Abogados
BUENAS NOTICAS PARA LOS NIÑOS DE MADRID SOBRE MASCARILLAS EN LOS COLES!:
ADMITIDA A TRÁMITE DEMANDA presentada por OLEX ABOGADOS y Sergio Cebolla CONTRA LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID; por no aplicar la ORDEN 2162/2020, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por el que no es obligatorio el uso de la mascarilla en los centros educativos de la Madrid Comunidad si se puede mantener la distancia de 1,5 metros.
#olexabogados#Olex#mascarillas #sergiocebolla
ADMITIDA A TRÁMITE DEMANDA presentada por OLEX ABOGADOS y Sergio Cebolla CONTRA LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID; por no aplicar la ORDEN 2162/2020, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por el que no es obligatorio el uso de la mascarilla en los centros educativos de la Madrid Comunidad si se puede mantener la distancia de 1,5 metros.
#olexabogados#Olex#mascarillas #sergiocebolla
Forwarded from 📛#StopConfinamientoEspaña📛 (Neaxis)
USO DE MASCARILLAS EN EL EXTERIOR
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que la obligación del uso de mascarillas, hasta ahora regulada en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, queda establecida en los siguientes términos:
Se elimina la obligatoriedad del uso de la mascarilla en el exterior (espacio al aire libre de uso público o abierto al público).
No obstante, se mantiene su obligatoriedad en los eventos multitudinarios que tengan lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados, será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.
También continúa siendo obligatoria en los medios de transporte público, lo que incluye andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, así como en los espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.
En todo caso, se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
No se alteran las excepciones ya vigentes al uso de las mascarillas, es decir, se exime de su uso:
a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
c) En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80% con pauta completa y con la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
Esta última excepción sigue sin ser de aplicación a los visitantes externos y a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con discapacidad, ya que en estos casos sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla.
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que la obligación del uso de mascarillas, hasta ahora regulada en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, queda establecida en los siguientes términos:
Se elimina la obligatoriedad del uso de la mascarilla en el exterior (espacio al aire libre de uso público o abierto al público).
No obstante, se mantiene su obligatoriedad en los eventos multitudinarios que tengan lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados, será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.
También continúa siendo obligatoria en los medios de transporte público, lo que incluye andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, así como en los espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.
En todo caso, se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
No se alteran las excepciones ya vigentes al uso de las mascarillas, es decir, se exime de su uso:
a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
c) En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80% con pauta completa y con la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
Esta última excepción sigue sin ser de aplicación a los visitantes externos y a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con discapacidad, ya que en estos casos sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla.
www.lamoncloa.gob.es
La Moncloa. 08/02/2022. Referencia del Consejo de Ministros [Consejo de Ministros/Referencias]
Madrid, martes, 8 de febrero de 2022. La Moncloa. 08/02/2022. Referencia del Consejo de Ministros [Consejo de Ministros/Referencias]
Forwarded from 𝗘𝗦𝗣𝗔𝗡̃𝗔 𝗗𝗘𝗡𝗨𝗡𝗖𝗜𝗔
🟠 Gavá, Cataluña, NIEGAN ASISTENCIA SANITARIA A PACIENTE POR NO LLEVAR MASCARILLA
CITA:
Ayer, 27/1/24, en un centro médico privado de Gavá-Barcelona, me negaron la asistencia por no llevar la mascarilla, les dije que no me la iba a poner y pedí a la Doctora que me pusiera por escrito el motivo de no querer visitarme. Llamé a la Policía pero me dijo que eran instrucciones de la Generalitat y no podían hacer nada. Me falta denunciarlo en juzgado o comisaría. Alguien de la zona?
👉Fuente: https://t.me/UNIDOSCONTRAELBOZAL/1656
🔸¿EN QUÉ LEY U ORDEN SE ESTIPULA QUE NO SE DEBERÁ ATENDER A QUIEN NO SE SOMETA A SU ABSURDA “LEY ASFIXIA”?
👉Fuente
▪️🔸▪️🔸▪️🔸▪️🔸
¿Por qué le llaman
PROTECCION,
cuando quieren decir
SUMISION ???
▪️🔸▪️🔸▪️🔸▪️
👉Click sobre el hastag #LeyAsfixia👈 para conocer todos los posts e información relacionada en:
@Spain_Denuncia
#Mascarillas
CITA:
Ayer, 27/1/24, en un centro médico privado de Gavá-Barcelona, me negaron la asistencia por no llevar la mascarilla, les dije que no me la iba a poner y pedí a la Doctora que me pusiera por escrito el motivo de no querer visitarme. Llamé a la Policía pero me dijo que eran instrucciones de la Generalitat y no podían hacer nada. Me falta denunciarlo en juzgado o comisaría. Alguien de la zona?
👉Fuente: https://t.me/UNIDOSCONTRAELBOZAL/1656
🔸¿EN QUÉ LEY U ORDEN SE ESTIPULA QUE NO SE DEBERÁ ATENDER A QUIEN NO SE SOMETA A SU ABSURDA “LEY ASFIXIA”?
👉Fuente
▪️🔸▪️🔸▪️🔸▪️🔸
¿Por qué le llaman
PROTECCION,
cuando quieren decir
SUMISION ???
▪️🔸▪️🔸▪️🔸▪️
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#Mascarillas
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